martes, 3 de marzo de 2009

Los contribuyentes ya pueden pedir a la Agencia Tributaria su borrador del IRPF


Los contribuyentes que no pidieron el borrador del IRPF marcando la casilla correspondiente en la última declaración de renta, ya pueden solicitarlo a la Agencia Tributaria. Desde ayer se abrió el plazo que finaliza el próximo 23 de junio. Se puede pedir a través de la página web www.agenciatributaria.es o llamando a los teléfonos 901 12 24 o en el 901 200 345.

Más de 15 millones de contribuyentes ya solicitaron el borrador a través de la declaración de la renta presentada el año anterior o mediante la confirmación del borrador del IRPF 2007.
La Agencia Tributaria y los asesores fiscales recuerdan que es muy importante revisar a conciencia el borrador para detectar errores o incorrecciones. Si bien la Agencia Tributaria goza de un potente sistema informático, no siempre tiene toda la información acerca de los contribuyentes. Por ejemplo, Hacienda desconoce si, de una declaración a otra, un contribuyente se ha casado o ha tenido un hijo, dos situaciones que cambian sustancialmente la cuota a pagar o a devolver en el IRPF.

Si se modifica el borrador la Agencia Tributaria elaborará uno nuevo que podrá ser confirmado. La confirmación se podrá realizar a partir del primero de abril hasta el 30 de junio. En el caso de que se domicilie el pago, el plazo termina antes, el 23 de junio.

Para aquellos contribuyentes que tengan dudas acerca de la solicitud del borrador, la Agencia Tributaria ha puesto a su disposición un número de teléfono (900 200 345) que está operativo de lunes a viernes. Para cuestiones generales relacionadas con el IRPF, a partir del 16 de abril hasta el 2 de junio se podrá llamar al 901 335 533.


Para solicitarlo a través de la web hay que realizar los siguientes pasos:


  1. Entra en la web de la Agencia Tributaria y dirígete a la primera opción Renta 2008 que se encuentra bajo una caja de texto titulada Ciudadanos.

  2. Selecciona Borrador de la declaración en el campo titulado Tramitación de los servicios de ayudas disponibles. (Cuidado: No es la opción que se encuentra bajo el título Información sobre servicios de ayuda disponibles).

  3. En la siguiente página accedes a Solicitud del borrador.

  4. En la siguiente página accedes a Portal de servicios personalizados de Renta 2008.

  5. Y depués aparecerá un formulario donde debemos indicar el DNI, primer apellido y una de las tres opciones:
    -Referencia.
    -Casilla 689 de la declaración anterior.
    -No declarante (si es la primera vez).

  6. Después de apretar el botón de acceder tienes que seleccionar la modalidad de borrador que te ofrezca (individual o conjunta).

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