¿Se puede recuperar/sacar el dinero del plan?
Una de las particularidades de los planes de pensiones es que uno no puede recuperar el dinero invertido cuando quiera. La ley estipula que sólo se puede recuperar el dinero en los casos siguientes:
- Jubilación del partícipe. Pero en caso de que el partícipe no pueda tener acceso a la jubilación, ya sea por ejemplo, por no haber cotizado nunca a la Seguridad Social, entonces la ley le permite recuperar el dinero a partir de los 65 años, momento en el que el partícipe no ejerza o haya cesado en la actividad laboral o profesional y no se encuentre cotizando para la contingencia de jubilación para ningún régimen de la Seguridad Social. Aunque también puede anticiparse la prestación a partir de los 60 años o los 45 años si el titular es minusválido.
- Invalidez laboral del partícipe. El plan puede hacerse efectivo en caso de incapacidad laboral total y permanente para la profesión habitual, o absoluta y permanente para cualquier tipo de trabajo, o gran invalidez, determinadas conforme al régimen correspondiente de la Seguridad Social.
- Muerte del partícipe. En este caso el dinero revertirá a los beneficiarios o herederos legales.
- Enfermedad grave. Deberá acreditar con un certificado médico de la Seguridad Social o de una entidad concertada cualquier dolencia física o psíquica que incapacite temporalmente para la ocupación o actividad habitual durante un periodo continuado mínimo de 3 meses y que requiera una intervención clínica de cirugía mayor en un centro hospitalario, o cualquier dolencia o lesión física o psíquica con secuelas permanentes que limiten parcialmente o impiden totalmente la actividad habitual.
- Desempleo de larga duración. Esto es cuando el titular se encuentre en situación legal de desempleo (no voluntario) durante un periodo continuado mínimo de 12 meses, siempre que esté inscrito en el INEM y no perciba prestaciones contributivas.
Así que a todos los que me habeís preguntado os diré que la única opción que teneis es trasladar los derechos consolidados del mismo a otro Plan diferente en el momento en que lo desees, eso es lo que voy hacer con él. (En cinco años una rentabilidad de 2,2% y no TAE).
En los próximos días diré dónde decido trasladarlo.
y otra cosa que olvidas es el fisco cuando rescatas en forma de renta o capital que te sacuden una de aupa....
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